sábado, 19 de diciembre de 2015

APFS Murcia ayer en Avenida de la Libertad en nuestro acto navideño por la Custodia Compartida

APFS Murcia tuvo el gusto de invitar a los murcianos y murcianas que se acercaron ayer a nuestro stand en la Avenida de la Libertad a un exquisito jamón, y tuvimos la oportunidad de acercarles nuestras reivindicaciones de cara a la legislatura que está a punto de comenzar. Esperemos sea la definitiva y la Custodia Compartida sea de una vez por todas la Norma General.




 

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martes, 15 de diciembre de 2015

VIERNES 18 de DICIEMBRE DE 19 A 21H CONCENTRACIÓN NAVIDEÑA POR LA CUSTODIA COMPARTIDA

EL VIERNES 18 de DICIEMBRE  (de 19 a 21h) estaremos en la céntrica Avenida de la Libertad de Murcia (junto al Corte Inglés) vestidos de "PAPÁ NOES" (porque únicamente 4 días al mes un Papá NO LO ES), para felicitar la Navidad de los murcianos y murcianas, y recordar al legislador en una fecha tan próxima a las elecciones generales que es necesaria una verdadera ley de Custodia Compartida como Norma General a nivel nacional.


Contaremos con la colaboración de dos cortadores de jamón profesionales, José Antonio y Olga, pues tendremos el gusto de invitar a quienes se acerquen a una tapa de jamón completamente gratis.




NO PODÉIS FALTAR!
¡APFS MURCIA TE DESEA FELICES FIESTAS!

viernes, 20 de noviembre de 2015

20N - DIA UNIVERSAL DEL NIÑO

Nos permitimos copiar textualmente lo que publica hoy UNICEF en su web:
"El Día Universal del Niño, que se celebra todos los años el 20 de noviembre, es un día dedicado a todos los niños y niñas del mundo.
Es un día de celebración por los avances conseguidos, pero sobre todo es un día para llamar la atención sobre la situación de los niños más desfavorecidos, dar a conocer los derechos de la infancia y concienciar a las personas de la importancia de trabajar día a día por su bienestar y desarrollo."
Y lo hacemos para llamar la atención sobre la situación de los niños que, habiendo tenido la desgracia de vivir la separación de sus padres, tienen la doble desgracia por vivir en una situación de semiorfandaz artificial generada por la aplicación por Jueces y Tribunales en general de los estándares obsoletos de una sociedad eminentemente machista.
Por ello queremos gritar NO a la Custodia Exclusiva Impuesta. No más niños y niñas huérfanos de padre tras la ruptura de sus progenitores.
¡CUSTODIA COMPARTIDA COMO NORMA GENERAL YA!
Porque el principal derecho de un niño y una niña tras la ruptura de sus padres, es seguir teniendo a AMBOS. Vivir por igual con uno que con otro. Ser feliz junto a quienes más quieren y más necesitan: tanto PAPÁ como MAMÁ. 

jueves, 5 de noviembre de 2015

CIUDADANOS SE COMPROMETE CON APFS MURCIA Y LAS DEMÁS ASOCIACIONES PRO-CUSTODIA COMPARTIDA EN LA REGIÓN, A APOYAR TODA INICIATIVA DIRIGIDA A LEGISLAR A NIVEL NACIONAL PARA QUE LA C.C. SEA LA NORMA GENERAL

La prensa de toda la Región se hacía eco ayer de nuestra reunión del martes con el Grupo Parlamentario Ciudadanos en la Asamblea Regional, a través de la cual pudimos trasladarles nuestras reivindicaciones e inquietudes ante el nuevo panorama político español dada la imperiosa necesidad de legislar para toda España al respecto de la CUSTODIA COMPARTIDA y su aplicación como NORMA GENERAL. Sobre todo cuando los datos del INE en 2014 arrojan un panorama desalentador para los niños y niños murcianos hijos de padres separados. Solo un 10% de Custodias Compartidas frente al 35% de Cataluña o el casi 30% de provincias limítrofes como Alicante.

Esperamos y confiamos que dicho compromiso se traduzca en acciones reales que posibiliten un cambio legislativo que colectivos como el nuestro llevamos reclamando desde hace varias legislaturas.

Pincha para ver noticia: La Opinion de Murcia DIGITAL
Pincha para ver noticia: El Diario.es
Pincha para ver noticia: La Verdad.es






viernes, 30 de octubre de 2015

La UNIÓN EUROPEA insta a los estados miembros a legislar de manera igualitaria para favorecer la CUSTODIA COMPARTIDA




Resolución 2079 (2015)

Igualdad y corresponsabilidad parental: papel de los padres (papás)
Asamblea parlamentaria
1. La Asamblea parlamentaria  ha promulgado constantemente la igualdad entre las mujeres y los hombres en la vida profesional y en la esfera privada. Unas evoluciones importantes aunque insuficientes aun, pueden ser constatadas en este tema en la mayoría de los Estados miembros del Consejo de Europa. En materia familiar, la igualdad entre los padres debe ser garantizada y promulgada en cuanto nazca el niño. La implicación de los dos padres en la educación de su hijo es beneficiosa a su desarrollo. El papel de los papás para con sus hijos, incluido cuando son bebés, debe ser  reconocido y valorado.
2. La corresponsabilidad parental implica que los padres tengan hacia sus hijos unos derechos, unos deberes y unas responsabilidades. Sin embargo, se ve que los papás se encuentran a veces confrontados a unas  legislaciones, unas prácticas y unos prejuicios que pueden llegar a privarlos de unas relaciones paternofiliales seguidas. En la resolución 1921 (2013) « igualdad entre los sexos, conciliación vida privada - vida profesional  y corresponsabilidad », la Asamblea llamaba a las autoridades públicas de los estados miembros  a respetar  el derecho de los papás  a la corresponsabilidad asegurando que el derecho de la familia prevé en caso de separación o de divorcio, la posibilidad de tener una custodia compartida de los hijos, velando en el interés del menor, con la base de un acuerdo común entre los padres.
3. La Asamblea quiere recordar que el respeto de la vida familiar es un derecho fundamental consagrado por el artículo 8 de la Convención europea de los derechos del hombre (STE n°5) y de numerosos instrumentos jurídicos internacionales. El hecho de estar juntos para los padres  con su hijo  constituye un elemento esencial  de la vida familiar. Una separación entre uno de los padres con su hijo tiene unos efectos nefastos en sus relaciones. Solamente unas circunstancias excepcionales y particularmente graves en vista al interés del menor deberían poder justificar una separación ordenada por un juez.
4. La Asamblea por otra parte está  convencida de que el desarrollo de la corresponsabilidad parental contribuye a superar los estereotipos  de géneros sobre los papeles supuestamente asignados a la mujer y al hombre en el seno de la familia y no hace más que reflejar las evoluciones sociológicas observadas desde medio siglo en materia de organización de la esfera privada  y familiar.
5. En vista a estas consideraciones, la Asamblea llama a los estados miembros:
      5.1. a firmar y/o ratificar, si aun no lo han hecho, la Convención sobre el ejercicio de los derechos de los niños (STE n°160) y la Convención sobre las relaciones personales relacionado con los niños (STE n°192) ;
      5.2. a firmar y/o ratificar, si aun no lo han hecho, la Convención de la Haya de 1980 sobre los aspectos civiles  del rapto internacional de los niños y de asegurar su aplicación efectiva, específicamente para velar a la cooperación y la reacción rápida de las autoridades encargadas de su ejecución ;
     5.3 a asegurar la igualdad efectiva entre los padres hacia sus hijos tanto en la legislación como en las prácticas administrativas con el fin de garantizar a cada uno de los padres el derecho de ser informado y de tomar decisiones importantes para la vida y el desarrollo de su hijo, para el interés del menor;
      5.4 a eliminar de las legislaciones cualquier diferencias entre los padres que hayan reconocido a sus hijos en el estatuto matrimonial
      5.5 a introducir en su legislación el acuerdo de principio de la residencia alternada de los hijos después de una separación , limitando las excepciones a los casos de abusos  o de negligencia hacia un hijo, o en caso de violencia domestica, habilitando el tiempo de residencia en función de las necesidades y del interés de los hijos ;
      5.6 a respetar el derecho del niño para ser escuchado para todos los asuntos que lo conciernen en cuanto este considerado capaz de discernir sobre dichos asuntos ;
      5.7 a tomar en cuenta el modo de residencia alterno para la atribución de las prestaciones sociales
      5.8 a tomar todas las medidas necesarias para garantizar la total ejecución de las decisiones relativas  a la residencia de los hijos y a los derechos de visita, especialmente dando curso a las denuncias relativas a la no representación de los niños;
      5.9 a animar y en el caso oportuno, desarrollar una mediación en el marco del procedimiento judicial en el tema familiar implicando a unos niños, especialmente estableciendo una sesión de información obligatoria ordenada por un juez, para sensibilizar a los padres en el hecho de que la residencia alternada puede ser la mejor opción para el interés del niño, y trabajar hacia tal solución, velando a que los mediadores reciban una formación apropiada favoreciendo la colaboración pluridisciplinar inspirada en el modelo dicho de Cohen ;
      5.10 a velar a que los profesionales en contacto con los niños durante los procedimientos judiciales familiares hayan recibido la formación interdisciplinar necesaria sobre los derechos y las necesidades especificas de los niños de diferentes franjas  de edad , así como los procedimientos adaptados a este último grupo, de acuerdo con las líneas directrices del Consejo de Europa sobre una justicia adaptada a los niños ;
     5.11 a animar la elaboración de planes parentales que permiten a los padres de definir ellos mismos los principales aspectos de la vida de su hijo e introducir la posibilidad para los niños de pedir la revisión de los acuerdos que los conciernen directamente, y en particular su lugar de residencia ;
      5.11 a instaurar una licencia parental pagada a la que puedan acceder  los papás, favoreciendo el modelo de los periodos de licencias intransferibles

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1. Negociacion en la Asamblea el 2 de octubre de 2015 (36° sesión) (ver Doc.13870, informe de la comisión sobre la igualdad y la no discriminación, ponente: Doña Françoise Hetto-Gaasch ; y Doc. 13896, opinión de la comisión  a las preguntas sociales, a la salud, y al desarrollo, ponente : Don Stefan Schennach). Texto adoptado por la Asamblea el 2 de octubre de2015 (36° sesión)

sábado, 10 de octubre de 2015

Barcelona 2015 - Asamblea Delegados APFS nacional.

Hoy estamos presentes en la Asamblea de APFS en Barcelona y tendremos la suerte de estar presentes en la charla con Ángel Campos, Juez de Familia de Gijón.

domingo, 4 de octubre de 2015

APFS Murcia estuvo hoy en la Plaza de Cibeles de Madrid por la CUSTODIA COMPARTIDA.

La unión hace la fuerza. Por ello miles de personas nos hemos concentrado hoy en Madrid para reclamar un cambio legislativo a nivel nacional.
Gracias a Tod@s por vuestro esfuerzo.

martes, 29 de septiembre de 2015

Admitida a trámite la ILP Nacional - Custodia Compartida

Admitida a trámite la Iniciativa Legislativa Popular que podría impulsar una adecuada Ley de Custodia Compartida como norma general.
Iniciativa de la plataforma Somos Iguales en la que estamos integrados.

viernes, 25 de septiembre de 2015

Juan Fernando López Aguilar, un hombre afortunado.

EDITORIAL
Por: Álvaro Llorente

Es curioso. Dicen que hay un 0,01 por ciento de denuncias falsas por violencia de género, es decir, una de cada de 10.000. Qué suerte ha tenido este hombre que la suya es la falsa.

De ser así, espero que denuncie o demande, lo que corresponda, por falsa denuncia, falso testomonio, etc. ¿Lo hará, Sr. Aguilar?

Su ley ha damnificado a miles de hombres denunciados falsamente, entérese, que no eran personajes públicos, pero que en su anonimato han sufrido junto a sus familiares y seres queridos. Y su ley ha damnificado a miles de mujeres realmente maltratadas que no han podido beneficiarse de mecanismos previstos en la ley porque hay mujeres, y el número de ellas no es desdeñable, que buscan aprovecharse de ella.

Espero que el señor Aguilar haga examen de conciencia sobre lo positivo y negativo de ley que impulsó, y que reflexione sobre cada declaración que ha hecho al respecto. Por supuesto que no piense que por cada uno como él hay 9.999 culpables.

http://m.europapress.es/chance/gente/noticia-juan-fernando-lopez-aguilar-mas-injusto-desgarrador-me-tocado-atravesar-20150923065937.html

lunes, 21 de septiembre de 2015

La Plataforma Todos Iguales, en la cual estamos integrados, promueve una ILP ante el incumplimiento de las promesas del Ministerio de Justicia.

MADRID, 19 Sep. (EUROPA PRESS) -

   La 'Plataforma Somos Iguales' ha promovido la tramitación en el Parlamento de una Iniciativa Legislativa Popular (ILP) para poner en marcha una ley nacional de custodia compartida ya que el Ministerio de Justicia finalmente no ha llevado a término una norma de estas características, tal y como se comprometió, "dado que el mismo no cumplía con las expectativas de los colectivos de ninguna de las partes afectadas".
   El firmante de la esta 'proposición de ley de Responsabilidad parental y de relaciones familiares', Fernando Chapado, explica a Europa Press que en la actualidad Navarra, País Vasco, Aragón y Comunidad Valenciana son las únicas comunidades autónomas que tienen regulada la corresponsabilidad parental en casos de separación o divorcio.

UNA JURISPRUDENCIA ESCASA

   Ante la falta de una ley nacional en la materia, Chapado recuerda que el Tribunal Supremo ha establecido una jurisprudencia sobre custodia compartida desde 2011 "pero sin poder llegar muy lejos ante la nula regulación por parte del legislador". De hecho, sostiene que esta propuesta de ley va dirigida a evitar el 85% de los conflictos que se producen en España como consecuencia de las rupturas legales de parejas con hijos a su cargo.

   Así, resalta la "necesidad" de regular "al máximo" todos los puntos que se ven afectados en una ruptura de pareja, dando respuesta a todos los fenómenos presentes y los que pudieran producirse en el futuro.
   "Queremos que una separación y un divorcio, tanto de una pareja heterosexual como homosexual, tengan las mismas condiciones a la hora de obtener la custodia compartida de los hijos. No tiene mucho sentido que siempre vaya a favor de la mujer todo", ha subrayado.
   Entre otros aspectos, el proyecto de ley que promueven quiere reforzar también el concepto de la patria potestad compartida porque, a su juicio, en la actualidad está "muy estigmatizado", apuesta por la mediación familiar y el diálogo previo.
   "Aunque tenerla compartida es lo más importante parece que no tiene validez porque siempre la ultima palabra la tiene el progenitor custodio cuando no es así al ser compartida. Si es compartida por ambos progenitores estos tienen los mismos derechos para decidir", ha explicado.

EVITAR SUSTRACCIÓN DE MENORES

   Con ella también quieren evitar la sustracción nacional e internacional de menores por parte de uno de sus progenitores. En este sentido, Chapado advierte de que la vigente regulación no contempla todas las casuísticas y por ello ve necesario que se siga juzgando al progenitor que rapta en la misma provincia donde comenzó el divorcio, y no donde está adscrito el menor, que es donde se hace ahora.    
   Al mismo tiempo, destaca que la norma planteada evitaría el uso "fraudulento" de denuncias de malos tratos o abusos que en muchos casos se lanzan los progenitores con el objetivo de frenar esa custodia compartida.
   A su vez plantea evitar el enfrentamiento de las partes dando un lugar predominante a la mediación y al dialogo previo, largos procesos de liquidación de bienes matrimoniales, el uso instrumental de los hijos en estos procesos, el ahorro en costes de abogados de oficio, ya que se facilitará la actuación de uno sólo, en vez de dos, entre otros planteamientos.
   Además, resalta que esta iniciativa de ley tiene por objeto introducir en el Código Civil la figura de las parejas de hecho con hijos, sean del mismo o distinto sexo, como novedad en toda Europa.
    En ella, se regulan también los derechos de los hijos, y las obligaciones parentales durante y tras ruptura de la pareja, la forma de repartir las cargas familiares de forma proporcional a la capacidad económica de cada progenitor, así como la forma de repartir los bienes materiales de la pareja o el matrimonio, al unísono al proceso judicial de ruptura.
   Se penaliza al progenitor o familiares que produzcan interferencias parentales graves en los niños, con el objeto de evitar u obstaculizar la corresponsabilidad parental.
   "Esta propuesta es el fruto de un largo camino que parte del conocimiento de más de 10.000 casos de separación o divorcio me han dado a lo largo de los años, y es el fruto de una reflexión, buscando siempre la máxima de que a 'padres felices, niños felices y ciudadanos felices'", defiende Chapado.
   Chapado señala finalmente que la plataforma Custodia Compartida Málaga ha sido la encargada de promover desde el principio la iniciativa, si bien se han adscrito a ella otras 60 asociaciones de madres divorciadas, padres separados de sus hijos, abuelos separados de sus nietos, profesionales del derecho y de la psicología de familia y forense, entre otros, conformados todos en la 'Plataforma Somos Iguales'.
   
Esta ILP fue registrada en el Congreso a finales de julio. 

De momento, ha recibido este septiembre el visto bueno de la Mesa del Congreso, y le falta lograr el del Senado. Una vez tenga el consentimiento de ambas cámaras dispondrá de seis meses para recabar un mínimo de 500.000 firmas que, si consigue, la iniciativa pasaría a tramitarse en el Parlamento. Las ILP no decaen a pesar del cambio de elecciones.

viernes, 11 de septiembre de 2015

SE PUEDE DECIR MÁS FUERTE PERO NO MÁS ALTO.

Qué mejor forma de comenzar el curso que gritando a los cuatro vientos que la Custodia Compartida es IGUALDAD.
APFS MURCIA en la cima del Mont Blanc. 4810 metros




lunes, 17 de agosto de 2015

II CORAZÓN DE ARENA POR LA CUSTODIA COMPARTIDA

Ayer domingo miembros de AIRE (Asociación por una Igualdad Real y Efectiva) y miembros de APFS Murcia construimos en la Playa de Las Sirenas en La Manga del Mar Menor un CORAZÓN GIGANTE DE ARENA por la CUSTODIA COMPARTIDA CÓMO NORMA GENERAL.
Playa llena de veraneantes de todos los rincones de España que fueron testigos del trabajo conjunto de las Asociaciones que trabajan en nuestra Región por los mismos objetivos.

http://www.laverdad.es/murcia/cartagena/201508/17/corazon-para-custodia-compartida-20150817004909-v.html

viernes, 10 de julio de 2015

LEY DE CUSTODIA COMPARTIDA EN EUSKADI. ¿PARA CUANDO EN TODA ESPAÑA?

La Custodia Compartida se extiende por todo el territorio nacional mientras que el Gobierno y el Ministerio del Sr. Catalá permanece impasible ante una masiva reivindicación. Según Sigmados el 80% de los españoles se muestran a favor de dicho sistema de custodia.
 
  • Mientras, el Parlamento Vasco aprobó el pasado 30 de junio la ley vasca que regulará la custodia compartida, después de que la Comisión de Instituciones, Seguridad y Justicia de la Cámara aprobara anteriormente el dictamen en el que establece que cada uno de los progenitores, por separado o de común acuerdo, podrán solicitar al juez la custodia compartida, sin que la oposición de uno de ellos sea obstáculo para no otorgarla.
  • La Federación de Euskadi de madres y padres separados- Kidetza llevó a la Cámara vasca durante la legislatura anterior una Iniciativa Legislativa Popular (ILP) con más de 85.000 firmas para impulsar una ley de corresponsabilidad parental y relaciones familiares en casos de ruptura de la convivencia de los padres con hijos a su cargo o parejas sin hijos, conocida por ley de custodia compartida.
  • Tras más de tres años de tramitación parlamentaria, el grueso del informe de la ponencia se ha aprobado con el respaldo de PNV, PP y UPyD, la abstención del PSE y el voto contrario de EH Bildu. El debate definitivo del texto normativo tuvo lugar el último día de junio en el pleno de la cámara vasca donde fue definitivamente aprobado con el mismo apoyo parlamentario.
  • La ley que regulará la custodia compartida en Euskadi lleva como título ley de corresponsabilidad parental y relaciones familiares en casos de ruptura de la convivencia de los padres con hijos a su cargo o parejas sin hijos.
  • En su artículo octavo establece que cada uno de los progenitores por separado o de común acuerdo, podrá solicitar al juez, en interés de los hijos, que la guarda y custodia de los hijos menores o incapacitados sea ejercida de forma compartida o por uno solo de ellos. AUNQUE NO LLEVA A REGULAR LA FÓRMULA COMO NORMA GENERAL NI PREFRERENTE, SIN DUDA ES UN AVANCE.
  • Además, detalla que la oposición a la custodia compartida de uno de los progenitores o las malas relaciones entre ambos, "no será obstáculo ni motivo suficiente para no otorgar la custodia compartida en interés del menor". De esta forma, el juez, "a petición de parte", adoptará la custodia compartida "siempre que no sea perjudicial para el interés de los menores".
  • Respecto al uso de la vivienda, el juez atribuirá su uso teniendo en cuenta "lo que sea más conveniente para el interés superior de los hijos, los criterios de necesidad de los progenitores y la titularidad de la vivienda". En este sentido, otorgará el uso de la vivienda familiar "preferentemente" al progenitor al que le corresponda la custodia de los hijos, aunque podrá atribuirla al progenitor que sin tener la custodia, "tuviera mayores dificultades de acceso a otra vivienda", siempre que el otro tenga "medios suficientes" para cubrir la necesidad de vivienda de los hijos y fuera "compatible con el interés del menor". No obstante, la norma precisa que la atribución de la vivienda por "razones de necesidad" se hará con carácter temporal y por un máximo de dos años, aunque este plazo es susceptible de prórroga si se mantienen las circunstancias de la persona.
  • En la Comisión, la parlamentaria del PNV Amaia Arregi explicó que su formación está a favor de la custodia compartida con el objetivo de "buscar el bienestar de los hijos en los casos de separación" y cree que durante su tramitación parlamentaria y gracias a las enmiendas presentadas han conseguido "mejorar" el texto.
  • Inexplicablemente pero en su legítimo derecho parlamentario, desde EH Bildu, Diana Urrea ha defendido que la custodia compartida es un "objetivo" para la coalición pero se ha mostrado en contra de esta ley porque ve necesario que se haga un "traje a medida para cada caso" y ha lamentado que la nueva norma se centre en el momento de la separación de la pareja, cuando "debería abarcar desde el nacimiento de los niños".
  • "Cuando hay separación y no acuerdo en cuanto a su cuidado, el criterio que debe prevalecer es la protección de los niños y su bienestar", ha insistido antes de defender que la custodia compartida "ya se está dando", por lo que "no necesitábamos un proyecto de ley de este tipo".
  • La parlamentaria del PSE Miren Gallastegi ya había anunciado la abstención de su grupo en el articulado, disposiciones adicionales y en el título de la ley, y el voto en contra de las disposiciones transitorias, la final y exposición de motivos. 
  • La parlamentaria del PP Laura Garrido, por su parte, ha defendido que esta ley será una "herramienta" de las que van a disponer los jueces porque, aunque es cierto que se están dando custodias compartidas, ahora aparecerán en una normativa vasca "velando por el interés del menor". 
  • Finalmente, el parlamentario de UPyD, Gorka Maneiro, cree que con este texto normativo, Euskadi va a tener una "ley de custodia compartida vasca" aunque no se vaya a denominar así y ha recordado el apoyo de los más de 50.000 ciudadanos que firmaron la ILP. Maneiro ha puesto en valor el artículo 8 de la ley porque establece que "la custodia compartida no se da, sino que se quita cuando esté justificado hacerlo". "Defendemos el derecho de los menores a relacionarse de igual manera con sus dos progenitores", ha insistido.
  • Y con esta última frase remarcada en negrita nos quedamos desde APFS Murcia, pues precisamente ese el significado de nuestra reivindicación de la CUSTODIA COMPARTIDA COMO NORMA GENERAL. Que la custodia exclusiva pase a ser la excepción, y que en el caso concreto la custodia compartida "se quite" cuando no sea beneficiosa para los hijos, por entender que como norma general sí lo es.

jueves, 18 de junio de 2015

Solidaridad con Isacc, el padre de Granadilla (Canarias) en estado grave debido a la huelga de hambre que inició para luchar por su hijo.

Un padre que ha visto cómo, a pesar de que tenía una Custodia Compartida sobre su hijo por sentencia judicial, la madre del menor se lo ha llevado hace ya más de un año a desde Tenerife hasta Santiago de Compostela, sin que la justicia haga nada por protegerlo. Este padre, que tiene una sentencia judicial firme que le da la razón y ordena el regreso inmediato de su hijo, ha sido víctima del desamparo de varios juzgados de Granadilla que han tardado quince meses en resolver, inhibiéndose de la causa, casualmente justo el día que este padre comenzó su huelga de hambre frente a su juzgado.
Su historia, la de Isaac, fue puesta en conocimiento de la Asociación Favor Filii por medio de una carta justo un día antes en que decide iniciar también una huelga de sed.
Esta historia no es un caso puntual, la justicia canaria está habituada a abandonar a los menores a su suerte en multitud de procedimientos judiciales, siempre y cuando se encuentren con la madre. Es frecuente encontrarse con niños sustraídos a sus padres sin que estos puedan hacer nada por recuperar a sus hijos. Algunos de ellos optan por el abandono, otros son inducidos al suicidio, unos pocos acuden a la huelga de hambre como opción reivindicativa e, incluso, se ha dado algún caso en el que se planteado querella criminal contra algún juez. Los abusos de autoridad, las incoherencias, las coacciones son el "modus operandi" de algunos juzgadores que no quieren intervenir.
Isaac, que ha fue explorado por un médico en el momento de que Favor Filii escribiera este comunicado el pasado martes, está al borde del colapso. A día de hoy ha sido hospitalizado debido a su grave estado de salud e incluso riesgo de fallecimiento.

Se solicitó en el decanato de los juzgado de Granadilla, representado por la Ilma. Sra. Dª Sofía Elena Valdivia López, su auxilio para que sea intervenido de inmediato por personal sanitario a fin de salvar su vida.
APFS se une a Favor Filii y a otras muchas asociaciones, haciendo un llamamiento a la coherencia, a la concienciación social y judicial, pretende que se proteja de una vez por todas el verdadero interés del menor de un modo eficaz. La justicia utiliza como excusa su propia ineficacia y lentitud para justificar hechos consumados en favor de la vía de hecho en la inmensa mayoría de los casos cuando tiene medios y leyes que le permiten actuar de oficio en favor de los niños y las niñas. Buscamos, desde nuestros colectivos, una igualdad real y efectiva, equidad y respeto: Dignidad y justicia para nuestros hijos e hijas.

Carta de Isaac dirigida a la Asoc. Favor Filii:
Me dirijo a ustedes con la intención de poner en conocimiento de la opinión publica el motivo de mi encadenamiento y puesta en huelga de hambre ante los juzgados de Granadilla de Abona en Tenerife.
Mi calvario comienza el 30 de Octubre de 2013 cuando de mutuo acuerdo con mi ex pareja esta abandona la isla renunciando a la custodia compartida de mi hijo de 7 años de edad, mediante la redacción y firma de un convenio regulador de guardia y custodia que queda pendiente de la ratificación en los juzgados por carecer de una dirección en donde poder notificárselo, (ya que la dirección conocida en el mencionado documento es la de su madre y ella no quiere que esta tenga conocimiento del asunto, algo que yo, por supuesto respeto)
Transcurridos casi 2 meses sin que me comunique su nueva dirección es por lo que decido el día 18 de diciembre de 2013 poner en conocimiento de la Guardia Civil de Granadilla que ha abandonado la isla, desentendiéndose del menor ya que era conocedor de la necesidad de ratificación del convenio y su aprobación por parte del juzgado.
Posteriormente, el día 13 de febrero de 2014, previa comunicación oral, tal y como se estipula en el convenio, regresa a la isla para ejercer su derecho de visitas a su hijo, a lo cual accedo gustosamente, devolviéndolo en la fecha convenida.
Cuan grande es mi sorpresa cuando el día 4 de marzo de 2014 regresa a la isla, esta vez sin previa comunicación, y llamando al timbre de mi domicilio, me dice que viene a ver al niño.
Le comento que no puede disfrutar de la compañía de nuestro hijo debido a que nos vamos a Santa Cruz para que mi hijo vise por primera vez el coso de los Carnavales de Tenerife, unas horas después, mediante llamada telefónica, me dice que quiere retomar el convenio anterior de custodia compartida, ya que ha vuelto a la isla para quedarse a residir en el Médano, por lo que le solicito que me facilite la dirección donde tiene pensado residir, pero se niega y despierta nuevamente mis sospechas, no obstante lo anterior, a las 19:29 horas del mismo día me envía un sms, que literalmente dice “tu ganas (en referencia a mi petición de saber dónde va a pernoctar mi hijo), si me dejas llevar a Isaac a dormir hoy, mañana vienen mis caseros a casa, y vienes tu también, y así te quedas tranquilo”, es entonces cuando, aprovechándose de mi buena fe y de mi deseo de continuar manteniendo una relación de entendimiento y por el bien de mi hijo con mi ex pareja, accedo a su petición de pernocta con el menor y me ofrezco a llevarlos con mi vehículo al Médano para conocer la dirección en la que supuestamente pernoctaran.
Al día siguiente, el 5 de marzo a las 17:45, la llamo para comunicarle que me dirijo al Médano a recoger a nuestro hijo, y conocer a sus caseros, pero me encuentro con que el teléfono esta apagado, sigo llamando hasta las 20:00 horas y es en ese momento donde me doy cuenta de que me ha engañado y que se ha llevado al niña a la península.
A las 22:00, una vez confirmado que se lo ha llevado, acudo al cuartel de la Guardia Civil a denunciar la SUSTRACCIÓN de mi hijo.
Al día siguiente, el 6 de marzo, contacto con un abogado y por parte de este, se presenta el 11 de marzo una denuncia por un supuesto delito de sustracción de menores contemplado en el art. 225 bis del código penal, y solicito la inmediata reintegración del menor a su domicilio habitual, que recae por reparto en el Juzgado nº 4 de Granadilla de Abona (el mismo que se ocupa de los casos de violencia contra la mujer), y que sin practicar prueba alguna y haciendo caso omiso a todas mis peticiones decide varios meses después archivar provisionalmente el asunto y sin acceder a la reintegración del menor a su domicilio habitual.
Paralelamente, solicito el 20 de febrero 2014 abogado de oficio para la ratificación del convenio firmado el día 29 de octubre de 2013 sobre la modificación de las medidas de custodia y alimentos.
Es debido a la inacción del juzgado mencionado que decido solicitar, al juzgado nº 2 de Betanzos, poniendo en su conocimiento todos los hechos relatados y las pruebas pertinentes, el día 24 de abril una solicitud de ejecución de la sentencia de custodia compartida emitida en fecha 28 de septiembre de 2011 por la cual el 16 de mayo de 2014 recibo un auto de ejecución, contra el que no cabe recurso, donde se requiere a mi ex pareja para que proceda a la entrega del menor en el plazo de un mes, hecho que hasta la fecha de hoy, 12 de junio de 2015, no se ha producido.
En fecha 13 de junio de 2014 la fiscalía de Santiago de Compostela interpone de oficio una demanda de modificación de medidas, al amparo de lo dispuesto en el articulo 158 del código civil sin consultarme y con una demanda plagada de irregularidades, con falta de hojas y con decenas de errores, vulnerando total y absolutamente mis derechos y los de mi hijo, y además completamente arbitraria, que es admitida a tramite y repartida en 20 minutos, solicitando entre otras “la suspensión de las visitas, condicionada al seguimiento de la madre a un tratamiento terapéutico que corresponda”- Llegado a este punto del relato, debo decir que hasta el día de hoy 12 de junio de 2015, no se ha interpuesto por parte de mi ex pareja ni de la fiscalía, ni de ninguna otra persona, denuncia ninguna contra mí.
En el mes de octubre, ante la impotencia por la falta de tutela efectiva por parte de los tribunales y la falta de la obligación suprema del favor filii (el Interés Supremo del Menor y su Derecho a convivir junto con su padre y su madre en equidad), comienzo a interponer decenas de denuncias, poniendo en conocimiento de los tribunales todos y cada uno de los mencionados incumplimientos de las obligaciones parentales (reconocidos en los artículos 618 y 622 del código penal) por las que ha sido condenada en varias ocasiones sin que hasta la fecha haya conseguido ver ni un solo día a mi hijo. Es más, desde que le fue notificada la primera condena no me permite que hable ni un instante con mi hijo.
Una vez transcurridos varios juicios, en los que alega que no se niega a que vea a nuestro hijo y con la ayuda económica de familiares y amigos me traslado a Galicia a fin de ver a mi hijo el Día del Padre, hecho que le fue notificado con un mes de antelación mediante Burofax.
No obstante todos los esfuerzos realizados económicamente y aun desplazándome 4.800 km en tres días, me vuelvo de Galicia sin conseguir ni siquiera poder hablar con mi hijo.
Ya desesperado y con los ánimos por los suelos y con mi casi nula fe en la actuación de los tribunales, tomo la decisión de encadenarme y permanecer bajo huelga de hambre, (a la intemperie, soportando lluvia, frio y calor extremos, por encontrarme a casi 1000 metros de altura, al estar encadenado y no poder ir al baño, me veo en la obligación de dejar de comer una semana antes de comenzar la huelga oficialmente, por lo que llevo ya 10 días sin ingerir alimentos. Una vez encadenado, y cuando se hacen eco los medios de comunicación canarios, en concreto el periódico “El Día”, obtengo casualmente el mismo día de la publicación en este periódico, un auto del juzgado nº 2 de Granadilla en donde se encontraban 9 procedimientos acumulándose incoados inicialmente como juicios de faltas desde hace 6 meses y que fueron transformados posteriormente en diligencias previas penales, al día siguiente, casualmente también, me notifican del juzgado nº 4 de Granadilla otros dos autos de la misma fecha que el del nº 2, es decir, del 9 de junio de 2015, inhibiéndose igualmente de los procedimientos incohados en ese juzgado al juzgado decano de Santiago de Compostela, como es lógico he recurrido todas estas decisiones judiciales de inhibición.
Es por todo lo expuesto anteriormente que desde mañana día 13 de junio de 2015 me declarare oficialmente en huelga de hambre, y en huelga de sed.
Solo espero que este gran sacrificio e injusticia sirva para que la sociedad se de cuenta del calvario por el que pasan muchos padres separados con hijos, y como la justicia mira para otro lado.
En Granadilla de Abona a 12 de junio de 2015

martes, 19 de mayo de 2015

El PSOE se posiciona en contra del interés del menor y defiende la desigualdad de género, por intereses claramente partidistas y electoralistas.

APFS Murcia se adhiere total y absolutamente al comunicado que desde APFS Nacional se ha lanzado al resto de colectivos pro custodia compartida, a raíz de las lamentables manifestaciones del candidato a la presidencia de Aragón por el Partido Socialista Obrero Español (PSOE).

El PSOE se posiciona en contra del interés del menor y defiende la desigualdad de género, por intereses claramente partidistas y electoralistas.

El candidato a la Presidencia de Gobierno de Aragón, D. Javier Lambán, anunciaba la pasada semana que, en caso de salir elegido, modificará la Ley de Custodia Compartida de Aragón, antesala de la Ley de Custodia Compartida Nacional, para que la Guarda y Custodia Compartida no sea preferente y pretende limitar esa opción únicamente a los mutuos acuerdos. Algo que hacía acompañado de la presidenta federal de su partido y, curiosamente, con motivo de la presentación de su programa electoral en materia de IGUALDAD.

Es precisamente una cuestión de igualdad, de la verdadera igualdad, velar por los intereses de los menores valorando por igual, y por ello de forma preferente, la opción de custodia compartida por ambos progenitores.

Algo que ha conseguido la Ley de Custodia Compartida en Aragón al igual que el resto de leyes sobre la materia en otras comunidades autónomas, ha sido romper con la tremenda situación de desigualdad de género cronificada a lo largo del tiempo en la que, ante la ruptura de pareja, se relegaba a la mujer a la única función de la crianza de los hijos, al ser mayoritariamente atribuidas las custodias a las madres, sin permitir que los hijos contasen por igual con la presencia y dedicación de ambos progenitores.

Es decir, un estereotipo tradicional de la familia que ahora parece defender un partido político que, curiosamente se denomina progresista, y que con fines únicamente electoralistas se jacta por centrar su campaña en la igualdad de género.

Esta Ley aragonesa - Ley 2/2010 de 26 de Mayo- fue aprobada por el P.S.O.E. entre otros partidos.

Y es que la derogación de la Ley de Custodia Compartida de Aragón, avocará nuevamente a muchos menores a vivir separados de sus padres.
Supondría una regresión respecto al tratamiento en igualdad del padre y de la madre, en claro perjuicio para los hijos, siendo Aragón la primera comunidad y dando pie a que las demás, incluido el Gobierno Central, si saliera el P.S.O.E, derogara por completo los derechos de nuestros hijos, y regresáramos treinta años atrás.

Y es que, como sucede en otros países (aquellos en los que la IGUALDAD sí es IGUALDAD entre hombre y mujer en su condición de padre y madre), la Ley que el Sr. Lambán y su partido pretende derogar ha conseguido una significativa bajada de la litigiosidad en los procesos de familia, ha hecho aumentar los mutuos acuerdos, ha reducido los casos de manipulación de los menores ante la disminución de los conflictos familiares provocados por determinados posicionamientos que no tienen sentido al amparo de la misma, y por fin se ha velado por el interés de los hijos a estar por igual con ambos progenitores.
Incluso a día de hoy ha sido el Tribunal Supremo quien, equiparando el sentido de las leyes autonómicas de Custodia Compartida en las que ésta es preferente, ha plasmado en diferentes sentencias el carácter general de dicho sistema de custodia en detrimento del modelo anterior de preferencia por la custodia exclusiva.
Evidencia el candidato un desconocimiento tal sobre la materia, que al hilo de la presentación de sus políticas de igualdad, critica el rol de la madre relegada al papel de “concebir y criar hijos”, cuando eso es precisamente lo que conseguirá con la derogación de dicha ley para miles y miles de mujeres.

Y parece entender por igualdad el relegar a miles y miles de padres a un segundo plano en su papel de “meros visitadores de sus hijos”.

Por todo ello el anuncio del P.S.O.E planteándose la derogación de la norma es posicionarse en contra de los beneficios que, en clave de IGUALDAD, está reportando desde su entrada en vigor tanto a padres como a madres, tanto a hombres como a mujeres. Y es posicionarse en contra del interés del menor y de su derecho a poder contar por igual con la presencia de ambos progenitores.

Asociaciones Firmantes

ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS NACIONAL (APFS NACIONAL)
APFS-CÓRDOBA- APFS-GRANADA-APFS-HUELVA-APFS-JAÉN-APFS-MÁLAGA - APFS MADRID - APFS MURCIA - APFS-SEVILLA-APFS-ARAGÓN APFS-CANARIAS-APFS-CANTABRIA-APFS-CATALUÑA-APFS-BARCELONA-APFS-CASTILLA LEÓN-APFS-BURGOS- APFS-LEÓN-APFS-SALAMANCA-APFS-SEGOVIA-APFS-CEUTA-APFS-VALENCIA- APFS-VALLADOLID APFS-ZAMORA APFS-LOGROÑO.
Manuel Esbert Psicólogo Clínico.-
Asociación AIRE-
Asociación PLATHOM,
Asociación MADEI-
UEFACC
CUSTODIA PATERNA-
CUSTODIA COMPARTIDA YA-
ASOCIACIÓN DE PADRES Y MADRES SEPARADOS-
CONFEDERACIÓN ESTATAL DE FEDERACIONES Y ASOCIACIONES DE MADRES Y PADRES DIVORCIADOS
CONPAPAYMAMA-
CODEI-
GRANADA CON LA CUSTODIA COMPARTIDA YA-

miércoles, 6 de mayo de 2015

Nuestro total apoyo a la Ley Valenciana de Custodia Compartida

Ante las noticias aparecidas hoy en prensa (www.laverdad.es/alicante) en relación a que determinadas organizaciones de mujeres solicita la derogación de la Ley de Custodia Compartida de la Comunidad Valenciana, APFS Murcia (al igual que APFS Nacional), se ha unido a la gran mayoría de colectivos que, ante semejante despropósito, han querido dar cumplida respuesta a dicha solicitud.

“ASOCIACIONES DE MUJERES CONTRA LA IGUALDAD Y EL INTERÉS DEL MENOR”
·         Por una ley valenciana de custodia compartida que ha reducido la contenciosidad, fomentado el acuerdo y otorga la custodia compartida siempre que es beneficiosa para el menor
·         Por una ley valenciana de custodia compartida que impone el interés del menor al de los progenitores
·         Porque las leyes no se subordinen a los intereses económicos de ningún lobby

Una quincena de asociaciones de mujeres, basándose en criterios irreales y arbitrarios, han “exigido” a los partidos políticos valencianos un compromiso para impulsar la derogación de una ley ampliamente respaldada en Les Corts y demandada por el 90% de la población valenciana.
Afirman que la ley 5/2011 de 1 de Abril de la Comunidad Valenciana (conocida como ley de custodia compartida) se está imponiendo de forma indiscriminada en los tribunales valencianos, menospreciando, por un lado, el buen hacer de nuestros jueces y magistrados que están aplicando la ley con criterios objetivos, marcados en la misma y adjudicando la custodia compartida siempre que es beneficiosa para el menor que en su jurisprudencia para todo el estado está aplicando el Tribunal Supremo. De hecho, datos del INE, durante el 2013 las custodias de los hijos han continuado siendo mayoritariamente adjudicadas en exclusiva a la madre (en un 69.4% de casos), en un 4.7% a los padres y en un 25.7% a ambos padres, refutando esa ‘imposición indiscriminada’, y por otro, que se trata de una norma de obligado cumplimiento, como toda Ley, a menos que inviten estas asociaciones a su desobediencia.
La ley valenciana como el resto de leyes de custodia compartida de otras comunidades autónomas han logrado que la contenciosidad de los divorcios baje, suban los mutuos acuerdos, disminuya la manipulación de los menores y se defienda el derecho del menor a estar con ambos progenitores. Y ante la ausencia de una ley similar en todo el Estado ha sido el Tribunal Supremo el que en diferentes sentencias ha recogido los criterios de custodia compartida que contemplan las legislaciones autonómicas.
Por tanto proponer su derogación es ignorar los beneficios que está aportando a los ciudadanos, supondría un retroceso para la mujer ya que la condenaría a la actitud machista de tener que hacerse cargo en exclusiva de los hijos, la realidad legal y sobre todo subordinar los intereses del menor, los de favorecer la mediación y el acuerdo entre las partes a otros intereses.
Estas asociaciones de mujeres y de profesionales perciben subvenciones del Estado, por ejemplo la asociación de abogadas Themis ha recibido este año un mínimo de 473000€ y la reducción de los conflictos familiares que estas leyes consiguen influyen negativamente en sus ingresos económicos. Tal vez esta campaña de desprestigio de leyes de custodia compartida como las de Aragón, Cataluña, Navarra, Valencia y próximamente la ley Vasca, esté orquestada por estas asociaciones de mujeres, por otra parte muy subvencionadas por la administración pública, porque necesitan del conflicto marital para continuar subsistiendo, en contra de los intereses reales de las niñas y niños, de sus madres y padres y de la sociedad en general.
El que estas asociaciones indiquen que los menores están siendo ‘destrozados’ por esta ley de custodia compartida es un signo inequívoco de su desconocimiento de la materia y de su escaso contacto con menores en esta situación. Como sucede en otros países más avanzados en igualdad y protección de menores, como Suecia, que disponen desde hace muchos años de sus respectivas leyes de custodia compartida y de estudios, desde la aplicación de esta ley se están constatando sus efectos beneficiosos tanto para los menores, que son más felices, que adquieren hábitos y valores de ambos progenitores y sus familias extensas, que dejan en el pasado la denostada figura del “niño maleta”, como para los padres, que ven reducirse su conflicto marital y ven facilitarse su desarrollo personal y profesional.
Asombra comprobar lo alejadas que se encuentran estas asociaciones de la realidad, tanto de las madres como de los padres, ya que representan a una minoría solo de mujeres y parecen ignorar que los firmantes representamos a más de 50.000 hombres y mujeres de todo el Estado, que son muchísimas  las mujeres que acuden a las asociaciones pro-custodia compartida, mujeres independientes, trabajadoras, profesionales, madres responsables que reclaman la custodia compartida y exigen al padre de sus hijos que se implique en su crianza y educación. Parecen también ignorar la cantidad de buenos padres, las propias parejas de las mujeres que encabezan estas asociaciones, que se implican y responsabilizan de sus hijos, en un ejemplo claro de igualdad y corresponsabilidad parental.
Cuando hace unos días en el “Congreso Internacional de Custodia Compartida y Protección Jurídica del Menor”, celebrado en Alicante los días 24 y 25 de Abril, escuchábamos los allí presentes a los ilustres magistrados uno Juez del Tribunal Supremo, y a un Magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Valencia, explicando los beneficios de la custodia compartida para nuestros menores, uno no deja de preguntarse el porqué a este tipo de congresos no acuden estas asociaciones que dicen defender a las mujeres y luego ponen el grito en el cielo en nombre del menor.


Asociaciones que lo firman:
UEFACC, Unión Estatal de Federaciones y Asociaciones para la Custodia Compartida.
CONFEDERACION ESTATAL DE ASOCIACIONES DE MADRES Y PADRES SEPARADOS CONPAPAYMAMA.
CUSTODIA COMPARTIDA YA!, Asociación de Padres y Madres Separados.
ACCA Asociación Custodia Compartida Alicante.
Asociación de Castellón por la Custodia Compartida.
Asociación de Abuelos por la Custodia Compartida de la Comunidad Valenciana.
Federación Valenciana por la Igualdad y la Coparentalidad “PAREIMARE”
AIRE Asociación por una Igualdad Real y Efectiva.
Plathom, Plataforma hombres por la Igualdad.
Asociación Bienestar del Menor.
Asociación CUSTODIA COMPARTIDA VALL D’ALBAIDA.
Asociación CUSTODIA COMPARTIDA GANDIA.
Federación de Asociaciones Canarias por la Custodia Compartida y la Igualdad Efectiva: FAVOR FILII.
Asociación Canaria de Abuelos y Abuelas Separados de sus Nietos.
Asociación Justicia sin Género.
Granada por la Custodia Compartida YA!
Segundas mujeres e hijos por la Igualdad.
CODIE Córdoba por la Igualdad Efectiva
ASACCO Asociación de Abuelos por la Custodia Compartida
APLICC Asociación Para la Igualdad y la Custodia Compartida
Asociación iQual.
APFS Murcia Asociación de Padres de Familias Separados de la Región de Murcia.
GenMad
Amnistía Infantil.
SOS Papá
Asociación Estatal de Abuelos Separados de sus nietos.
CUSTODIA PATERNA Asociación Española de Padres con la Custodia de los Hijos.
FACCI Federación Andaluza para la Custodia Compartida y la Igualdad.
MADIE Madrid por la defensa e igualdad efectiva
Asociación Extremeña de madres y padres separados.
AGIPASE(asociación Gipuzkoana de madres y padres separados)
AMAPASE(Asociación Alavesa de Madres y Padres separados)
ABIPASE(Asociación Bizkaina de Madres y Padres separados)
KIDETZA(Federación de Euskadi de Madres y Padres separados)
ANAPASE(Asociación Navarra de Madres y Padres Separados)
Asociación Gallega de Madres y Padres Separados
Dones per la Igualtat i la custodia compartida
Despertar sin Violencia.
Custodia Compartida por Nuestros Hijos.
APIF Cádiz.
Abuelos por la Igualdad.
APFS Nacional.